Fijan fecha. La Sala Penal Nacional (SPN) realizará el próximo 26 de enero audiencia de control de acusación, a partir de las 8:30 de la mañana, en la que se decidirá qué pasará con el juicio en curso contra Alberto Fujimori por la ejecución de seis personas en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca.

La Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) solicitó que la SPN se pronuncie sobre si procede o no el derecho de gracia que el indultado Fujimori recibió en la víspera de la última Navidad. Gloria Cano, directora de Aprodeh, espera que se remita su pedido a la Fiscalía para que opine, emita un dictamen y la sala resuelva. "Tal vez puede disponer una audiencia al respecto o también lo puede acumular al control de acusación. Vamos a ver qué es lo que resuelve la Sala", explicó en La República.

Así, la situación del indultado expresidente está en manos de los jueces del Colegiado B de la Sala Penal Nacional, Miluska Cano (presidenta), y de los vocales Omar Pimentel y Otto Verapinto, quienes deberán decidir si aplican el derecho de gracia a Fujimori y lo eximen del proceso por la matanza de  Pativilca en enero de 1992; o si, por el contrario, rechazan ese beneficio y ordenan que sea procesado. La fiscalía ha solicitado para Fujimori por este caso  25 años de cárcel. El pedido incluye que el autócrata afronte el juicio bajo detención, aunque si se revoca la gracia, el dictamen podría incluir un mandato de comparecencia como el arresto domiciliario.

El abogado y exprocurador César Azabache ya advirtió que el derecho de gracia a Fujimori no se puede aplicar al caso Pativilca, porque el plazo de instrucción comenzó en junio de 2017, es decir, no llega a los 24 meses que señala la Constitución para que la medida otorgada proceda.

En este punto coinciden Azabache —que además sostiene que la gracia aparta de las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos— y el exfiscal Avelino Guillén, quien subrayó que el beneficio de PPK a Fujimori ha vulnerado lo establecido en el artículo 118 e inciso 21 de la Constitución sobre los plazos señalados. 

"La gracia presidencial lo que hace es el corte de un proceso en trámite. Pero la propia Constitución ha establecido parámetros, como que haya un exceso de vencimiento de los plazos establecidos en la norma. Y eso no se da en el caso Fujimori y es por eso que existe unanimidad de los especialistas en considerar que el Poder Judicial tiene que declararla inaplicable".

Guillén explicó que para el derecho de gracia el plazo se cuenta a partir del día en que la Corte Suprema de Chile autorizó que Fujimori sea procesado, es decir, febrero de 2017.  También cuestionó que la resolución suprema en que se oficializó el beneficio, tampoco se haya fundamentado la decisión. "El presidente no ha explicado en qué casos la está aplicando, cuando eso es requisito fundamental porque hay otros procesos que están a nivel de la Corte Suprema de Chile", subrayó.

DATO

✔ La CGTP anunció que en la marcha de este 11 de enero contra el indulto participarán partidos políticos, organizaciones sociales, entre otros. Agregó que para el 17 de mayo se ha convocado a un paro nacional por este caso.

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