La fe no solo mueve millones, sino también influencias. A pesar de que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), reportó movimientos sospechosos en las cuentas del líder del Movimiento Misionero Mundial (MMM), el pastor cubano-peruano Rodolfo González Cruz, y otros miembros de su familia, el Ministerio Público archivó la investigación contra esta organización religiosa hasta en cuatro oportunidades.

Ni los reclamos de la Procuraduría de Lavado de Activos y tampoco la solicitud de la División de Investigación de Lavado de Activos (Divila) de la Policía Nacional, para profundizar el caso luego de encontrar indicios razonables del presunto delito, pudieron evitar que la 46ª Fiscalía Provincial Penal de Lima resuelva en se sentido, reveló un informe de Wayka.

Fueron justamente la Procuraduría y la Divila las instencias que pidieron que se levante el secreto bancario y que se practiquen pericias contables a las cuentas de los hijos de González, Eliezer González Porro y Elías González Porro, así como al pastor Edgardo Barba Ojeda, debido a que sospechaban que fungía de testaferros del pastor cubano-peruano. No obstante, la fiscal María Cabello Arce rechazó las peticiones y decidió archivar el expediente.

Las pesquisas del caso tienen como origen el supuesto desbalance patrimonial en las finanzas de líderes religiosos en el periodo 2005-2010 que, incluso, alcanzan al representante del MMM en Ecuador, Eugenio Masías Corbacho; Fernando Moreno Ávalos, ex pastor y ex yerno de Rodolfo González; así como Edgardo Barba Ojeda y Fernando Roca Arbulú, quienes protagonizaron una disputa por el control de propiedades de MMM en Chiclayo, en 2008, la cual tuvo un lamentable desenlace con el asesinato del abogado Fernando Roca el 27 de octubre de ese mismo año.

Investigación fiscal deficiente

La Procuraduría de Lavado de Activos se quejó hasta en cuatro oportunidades al detectar la falta de diligencia de la fiscal María Cabello y la evidente intención de obviar los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) de la UIF respecto a las finanzas de Rodolfo González, Fernando Moreno y el MMM.

Las otras quejas de la procuraduría vinieron al descubrir que la fiscalía no había obtenido información financiera sobre los denunciados Fernando Moreno Ávalos, Eugenio Masías Corbacho y Eliezer y Debora González Porro. Además, se detectó  que la investigación de la fiscalía era genérica, porque no especificaba los hechos atribuidos a cada investigado y porque tampoco hizo el análisis jurídico que corresponde al caso.

“No se ha practicado ninguna pericia contable respecto a Eugenio Masías Corbacho, Eliezer González Porro, Débora González Porro (...), solo se han tomado en cuenta las declaraciones en donde no reconocen la comisión del delito, incluso la fiscal refiere que sobre sus actividades económicas no se desprende ningún elemento indiciario que permita advertir la comisión del delito investigado, a pesar de que no se ha practicado la pericia contable respectiva” a todos los involucrados, indica la Procuraduría.

En un primer momento, la Cuarta Fiscalía Superior de Lima pareció darle la razón a la Procuraduría de Lavado de Activos, al señalar que "no se habían precisado los hechos que se le imputan a los citados denunciados, siendo genérica la imputación y dirigida principalmente a Rodolfo González; por lo que, a efectos que se realice un análisis minucioso de la participación de cada uno de los denunciados, debe precisarse cuáles serían los hechos imputados o denunciados". 

Asimismo, reconoció la alerta de la Policía de Lavado de Activos sobre la posible existencia de otros delitos como estafa, apropiación ilícita y usurpación, pero en una decisión sorpresiva de la fiscal María Cabello, se mandó al archivo  el caso contra el pastor González, quien declaró a la Policía que entre 2005 y 2010 sus feligreses aportaron a su iglesia un aproximado de 7 millones al año a través de diezmos.

“En el Informe Policial se ha sostenido la existencia de un presunto desbalance patrimonial por la presunta comisión del delito de fraude en la administración de personas jurídicas, por lo que debe también investigarse dicho extremo, y no parametrar la investigación sólo al delito de lavado de activos por el cual se denunció primigeniamente”, precisa el documento de la Fiscalía Superior que fue desestimado por la fiscal.

(Foto de cabecera: La República)

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