El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), en el marco de sus respectivas competencias, impusieron multas que suman más de S/11 millones a la Universidad Autónoma del Perú.   

En el caso del Indecopi, en primera instancia, aplicó una multa de S/1.822.500 (450 UIT) por haber infringido el deber de idoneidad que establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor, por la afectación a las expectativas de los consumidores al no brindar su servicio en las condiciones ofrecidas.

Además de la multa, la primera instancia del Indecopi ordenó a la universidad brindar a los estudiantes cualquiera de las siguientes medidas correctivas:

* Devolver el dinero pagado por los alumnos durante el servicio (matrículas, pensiones, entre otros exigidos por la universidad), además del interés legal, conforme al artículo 97 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

* Que la universidad, conforme con las disposiciones establecidas por la Sunedu, establezca mecanismos que permitan a los alumnos afectados, continuar sus estudios en otras universidades que sí cuenten con la autorización respectiva.

* Que la universidad permita a los estudiantes afectados que así lo decidan, realicen estudios en la misma universidad, pero en una carrera profesional que sí esté habilitada.

Para monitorear el cumplimiento de las medidas correctivas a favor de los estudiantes, el Indecopi ha ordenado a la Universidad Autónoma del Perú elaborar un padrón de los alumnos afectados y un cronograma de cumplimiento respecto a las medidas correctivas que ellos escojan.

Esta decisión de primera instancia se encuentra dentro del plazo de apelación, que deberá ser revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.

El Indecopi precisa que da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente en atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales”.

Más de 3.500 estudiantes afectados

Por su parte, la Sunedu sancionó a la universidad con 10 multas que suman S/9.889.087,50 (2.441,75 UIT) por haber prestado siete programas de pregrado y tres de posgrado sin contar con autorización, afectando a más de 3.500 estudiantes.

Durante el procedimiento sancionador se verificó la prestación ilegal de los siguientes programas de pregrado: Negocios Internacionales, Administración en Turismo y Hotelería, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Civil, Ingeniería Industrial, Arquitectura y Administración y Marketing, así como los posgrados de Administración de Empresas, Docencia Universitaria y Psicología Clínica y de la Salud.

Además de imponer la multa, la Sunedu ordenó el cese de la oferta y prestación de los programas no autorizados y exhortó a la casa de estudios a que limite sus servicios solo a las carreras para las que cuenta con autorización (Administración, Contabilidad, Derecho, Ingeniería de Sistemas y Psicología), bajo advertencia de iniciar un nuevo procedimiento administrativo sancionador.

Cabe precisar que la referida universidad se encuentra dentro del plazo de impugnación ante la Sunedu.