Meritocracia. Esta es una palabra que ha cobrado relevancia durante las últimas semanas a propósito de la huelga de un sector del magisterio que ha evidenciado —una vez más— las carencias en el manejo político del gobierno encabezado por Pedro Pablo Kuczynski. No ha sido la única vez que a esta gestión se le ha acusado de no escoger a personas idóneas para cargos de importancia. La última de ellas fue Fiorella Molinelli, actual titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, vinculada a la negociación de una adenda muy cuestionada (el caso Kuntur Wasi).  

En cada campaña política, los candidatos hablan de convocar a los mejores profesionales para echar andar el Estado, pero qué pasaría si esos buenos cuadros fueran parte del propio aparato administrativo público. ¿Por qué mirar solo hacia afuera y no hacia adentro también? 

El 3 de julio del 2013, Ollanta Humala, por entonces inquilino de Palacio, promulgó la Ley Nº 30057 (Ley de Servicio Civil), uno de los esfuerzos más importantes para otorgar un marco administrativo y profesional para las entidades del Estado que debía establecerse de manera paulatina en los seis años siguientes de rubricada la norma. Un plazo, hay que decirlo, razonable.

“Es una buena ley. Unifica distintos regímenes. Eliminaría el Contrato Administrativo de Servicios (CAS). Hoy en día, la meritocracia no está regulada”, dijo en conversación con LaMula.pe Jorge Toyama, abogado especialista en Derecho Laboral y socio del estudio Miranda & Amado.

Para Janeiry Boyer, quien fue parte del equipo de diseño de la reforma del servicio civil peruano, la denominada Ley Servir generaría una real profesionalización para los ciudadanos que trabajan en el Estado. En otras palabras –recalca la abogada- el servidor púbico se volvería un experto en el funcionamiento del aparato público gracias a, entre otros aspectos, la regulación de la movilidad laboral. “Por ejemplo, si un servidor trabaja en un gobierno regional puede postular a un ministerio y continuar su carrera. Así va ganando experiencia dentro del Estado”, explica la especialista con 10 años de experiencia en la administración pública.

La capacitación del personal es una arista importante. Por ejemplo, en el artículo 16 del capítulo I (Incorporación al Servicio Civil) del Título III (del Régimen del Servicio Civil) se lee: “Están comprendidas en la formación laboral la capacitación interinstitucional y las pasantías organizadas con la finalidad de transmitir conocimientos de utilidad general a todo el sector público”. Y si la capacitación está regulada, la evaluación también (Capítulo III: de la Gestión del Rendimiento y la Evaluación de Desempeño). Boyer sintetiza el binomio así: “Al servidor público le ponen metas y resultados pero al mismo tiempo le van a capacitar”.

Cuando el Congreso entra a tallar

En la primera disposición complementaria final de la Ley Servir se excluye de la norma a los trabajadores del Banco Central de Reserva (BCR), Congreso de la República, Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y la Contraloría General. A estas entidades se les sumaba -por ser carreras especiales normadas- los profesores, diplomáticos, docentes (educación básica y superior), trabajadores del INPE, médicos, policías, militares y quienes laboran en el Ministerio Público y Poder Judicial.

Sin embargo, esto no siempre fue así. En el proyecto de ley que envió el gobierno de Humala al Congreso, solo se excluía a los servidores del BCR y aquellos que están bajo regímenes de carreras especiales descritos previamente. ¿Qué pasó, entonces? A inicios de este año, tanto el BCR y la SBS presentaron proyectos de ley para ser excluidos. ¿Su argumento principal? Ser entidades especializadas. Una razón que al parecer convenció al Parlamento que aprobó -el pasado 17 de agosto- la Ley 30647, dándoles la razón. Y no solo eso. Excluyó también a los servidores públicos del Congreso. 

Una decisión que llama la atención ya que el año pasado el Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia sobre la presunta inconstitucionalidad de algunos aspectos de la Ley Servir luego de que ciudadanos y los Colegios de Abogados de Junín y Tacna interpusieran demandas. Uno de los puntos en los que se pronunció el órgano autónomo fue la exclusión de los trabajadores del BCR, la SBS y el Congreso.

“No se evidencia justificación válida o base objetiva alguna que sustente la exclusión de aquellos servidores públicos de los alcances de la Ley del Servicio Civil, por lo que dicha exclusión resulta arbitraria e irrazonable, y por lo mismo, el precepto legal impugnado deviene en inconstitucional”, dijo el colegiado sobre las dos entidades públicas vinculadas al manejo económico del país. Este argumento se aplicó también al Legislativo: “No tiene una progresión específica ni carácter especial que justifique el tratamiento diferenciado”.

Sobre este punto, Toyama, quien ha sido consultor de la Organización Internacional del Trabajo, discrepa con el TC: “En el caso de los organismos constitucionales autónomos, como la SBS y el BCR, sí se justifica su exclusión porque se tratan de entidades que compiten con el sector privado en la captación de profesionales especializados. El sector financiero es uno de los que mejor paga”.

Boyer tiene otro punto de vista porque la norma —afirma— contempla el principio de la flexibilidad. En otras palabras, si bien la Ley Servir otorga un marco general, también “abre la posibilidad de que haya reglas diferenciadas”. Y agregó: “A una institución pequeña, como una municipalidad chica, con 15 o 20 servidores públicos, no puedes aplicarle las mismas normas que ejecutarías en un ministerio”.

En lo que sí coinciden ambos abogados es en que no existe ninguna justificación jurídica para excluir a los trabajadores del Parlamento. “¿Qué trabajo especializado realizan los trabajadores del Congreso? No existe un Congreso en el sector privado?”, cuestiona Toyama. “En el Poder Legislativo tienes personal de distinto tipo (logístico, administrativo, asesores, etc.)”, complementa Boyer. La abogada subrayó que se busca que dentro del Congreso haya profesionales de primer nivel, incluidos los asesores legislativos.

Ahora bien, los legisladores podrían argumentar que los asesores no pueden ser de carrera sino de confianza por el tema político. El detalle es que la Ley Servir también norma a estos funcionarios, que no pueden exceder en ningún caso el 5% del total de puestos previstos por la entidad pública (un mínimo de 2 y un máximo de 50).

A su vez, la norma —apunta Boyer— establece mínimos indispensables para ser considerado personal de confianza. Dicho de otro manera: no puedes poner como tu asesor a la persona que fue tu chofer durante la campaña electoral. “Tiene que ser una persona idónea para el trabajo legislativo”, dijo la abogada.

El camino rápido de una ley

Este portal conversó con Mariela Belleza, asesora de la congresista Marisa Glave (Nuevo Perú). La abogada laborista señaló que la norma que excluía a los trabajadores del BCR, SBS y el Congreso fue aprobada con rapidez inusual (menos de un mes tal como se muestra en la imagen). “Nos sorprendió porque la norma no pasó por la Comisión de Trabajo”, anotó.

captura: mariella belleza

La abogada explicó que el dictamen que llegó a la Comisión Permanente, desde la Comisión de Economía, ya incluía a los trabajadores del Parlamento. Todas las bancadas representadas, salvo Nuevo Perú y el Frente Amplio, apoyaron la propuesta. Y con ello se retrocedió, una vez más, en la reforma del Estado.  

captura: mariella belleza

Para tener en cuenta

►En su sentencia del 2016, el TC también se pronunció sobre otros punto de la norma como derechos a la libertad sindical y la negociación colectiva. Sobre este último punto, el órgano de control señaló que sí era inconstitucional la prohibición de la negociación colectiva de la remuneración de los servidores públicos porque el “presupuesto limitado no puede vaciar de contenido este derecho, ya que es posible discutir anualmente la posibilidad de incrementos remunerativos o de beneficios económicos de los trabajadores públicos, siempre que se respete el límite constitucional del presupuesto equitativo y equilibrado”, tal como explica el portal La Ley.

►La congresista Marisa Glave ha presentado el Proyecto de Ley N° 965/2016 para regular, precisamente, la negociación colectiva en el sector público.

[Foto de portada: Manuel Angelo Prado]

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