El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, MTC, anunció las modificaciones que, a partir de este miércoles, rigen para la emisión de la licencias de conducir en el Perú, aprobadas por Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC, que fue publicado en el diario oficial El Peruano.

El ministro del sector, Bruno Giuffra, destacó los cambios en su cuenta de Twitter y dijo que se trata de un esfuerzo de modernización administrativa.

Son tres los principales cambios que la norma incluye.

1.El taller Cambiemos de Actitud

Esta medida es para los conductores con licencias de conducir suspendidas. La aprobación del curso es un requisito indispensable para el levantamiento de la sanción.

2. Brevete clase A - categoría I

Esta licencia tendrá ahora una validez de 10 años, desde su fecha de emisión y su revalidación dependerá del récord de infracciones del conductor durante el período inmediato precedente comprendido antes de la obtención o la última revalidación, según sea el caso. El tiempo dependerá del récord del solicitante.

► El brevete tendrá una vigencia de 10 años si el conductor no ha sido sancionado o lo ha sido, pero por infracciones leves.

► La vigencia de 8 años será para el chofer que ha sido sancionado por infracción grave o muy grave, pero que no implique la suspensión de la licencia.

► Si el conductor ha sido sancionado con la suspensión de la licencia o ha sido inhabilitado temporalmente para obtenerla, la vigencia será de solo cinco años.

3. Revalidación de licencias

Para estos casos, si se trata de un trámite dentro de la misma categoría o una inferior, el chofer debe acreditar haber aprobado el examen de conocimientos, realizado en un centro de evaluación certificado por el Sistema Nacional de Conductores. Este requisito no será exigible para revalidación de licencias de conducir de Clase A Categoría I.

DOCUMENTO: Este es el nuevo reglamento nacional para la emisión de licencia de conducir en Perú (pdf).

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