Cinco días después de que en Panamá fuera prohibida la distribución de "Pura Vida"; el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) dispuso su "inmovilización y cese de comercialización a nivel nacional".

La disposición fue ordenada por la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 de Indecopi como "medida cautelar", hasta que la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) "se pronuncie sobre la revisión del registro sanitario" del mencionado producto.

Indecopi indicó que esta decisión se produce en base al artículo 123 del Código de Protección y Defensa del Consumidor: 

"Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente, en atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales".

GLORIA ACATARÁ MEDIDA CAUTELAR

Apenas Indecopi publicó el comunicado en el que dispone el retiro de Pura Vida, el Grupo Gloria anunció que acatará la medida.

En un breve comunicado, la corporación insistió en que su producto "cumple con todas las normas y requisitos por las autoridades peruanas".

Todo esto ocurre en medio de cuestionamientos tanto a Indecopi por su inacción ante el caso; como los de la sociedad civil al grupo Gloria, contra el que la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) ha interpuesto una demanda.

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