Ya son 10 años desde que se aprobó la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) hasta las 12 semanas de gestación en México. Tras la aprobación de esta ley se logró una tasa cero de muerte de mujeres por aborto en el país. Hoy, si “no tiene mala fama”, cualquier mujer que aborte en seis Estados podría reducir su pena de cárcel entre los cuatro meses y dos años, en vez de hasta cinco años, si el juez considera lo contrario. Hecho que ha causado la indignación de colectivos feministas al resaltar más aún, los estereotipos perjudiciales para que las mujeres puedan decidir si ser madres o no.  

Tamaulipas, Yucatán, Oaxaca, Nayarit, Puebla y Zacatecas además estipulan sanciones menores si es que la mujer que abortó habría "ocultado su embarazo". Los códigos penales de los 31 estados del país están llenos de disposiciones que de facto disminuyen las condenas a las que interrumpen su embarazo, pero al mismo tiempo, ratifican los estereotipos más conservadores de la sociedad.

El aborto es un tema de salud pública y de justicia social, recalca Regina Tamés, directora del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), por lo que no debería ser tipificado como un delito. La "mala fama" solo denigra la imagen de las mujeres y las obliga a ocultar su manera de ser y pensar por los estereotipos impuestos por la sociedad.

"El Estado en vez de preocuparse por proteger y salvaguardar el derecho a la intimidad y la salud de las mujeres recurre a la legislación penal para castigar al aborto, y luego emplea estas figuras que no son precisas, sino subjetivas y que no tendrían que estar incluidas porque destacan que el papel de una mujer es quedarse embarazada y que sus embarazos sean deseados", explica Tamés.

DÉJALA DECIDIR

El código penal de Jalisco es muy similar al de Tamaulipas. La pena se sustituye por un tratamiento médico que tendrá como objetivo "la atención integral de las consecuencias generadas con motivo de la práctica del aborto provocado, así como el de reafirmar los valores humanos por la maternidad, procurando el fortalecimiento de la familia". Si la mujer abortó antes, ya no podrá acceder a este "beneficio".

Todas estas reformas que consignan como pena alternativa la terapia, se dictaron luego de que en la capital se despenalizó el aborto. Durante este lapso, muchas entidades legislaron para proteger la vida desde la concepción, lo que elevó la criminalidad. 

"Las mujeres empezaron a ser perseguidas. En los centros hospitalarios si tenían una hemorragia llamaban a la policía y aumentó esta persecución. Entonces se le reprochó a los gobernadores haber desatado una criminalización, por lo que respondieron con modificaciones para incluir la terapia como pena alternativa a prisión", dice la especialista.

En el Estado de México, a la mujer que "da muerte a su producto" se le aprisiona con uno a tres años, si lo hizo "para ocultar su deshonra", iría a la cárcel solo por seis meses a dos años. En Hidalgo, si el aborto es por extrema pobreza o con el fin de evitar la exclusión social la pena también es menor, mientras que en Morelos la pena –de hasta cinco años– también puede reemplazarse por "tratamiento médico o psicológico". Pero no se especifica quién brindará la terapia o por cuánto tiempo será.

En Querétaro y Quintana Roo el castigo se reduce hasta en una tercera parte una vez que se analice "el estado de salud de la madre, su instrucción o condiciones personales, su situación económica, su edad, las circunstancias en que se produjo la concepción, el tiempo que hubiese durado el embarazo, el desarrollo y características del producto, el consentimiento otorgado por el otro progenitor, cuando éste viva con la madre". En Guerrero, el juez puede tener en cuenta "la posición y condición de género" de la madre para reducir la sanción impuesta.

En los países donde predomina la violencia machista y donde la desigualdad contra las mujeres va en crecimiento (según las cifras oficiales, 540 mil mexicanas al año denuncian delitos sexuales y casi la mitad son menores de 15 años), no todas tienen el derecho de abortar libremente y en las mejores condiciones. Solo la Ciudad de México ha legalizado el aborto hasta la semana 12 de gestación.

En el resto de los estados, el único motivo de aborto legal es si se comprueba que la mujer está embarazada como consecuencia de una violación. Otras de las causales para no ser juzgada por un aborto son que la vida de la madre esté en riesgo, que el feto tenga malformaciones o que el aborto sea espontáneo.

En el caso de que las mujeres quieran abortar por una decisión propia tendrían que viajar a la capital mexicana para evitar ser encarceladas o hacia Estados Unidos en el caso de las gestantes que viven en las zonas del norte.

Actualmente 17 de los 32 estados en México han modificado sus constituciones para garantizar el derecho a la vida “desde la concepción”. De esta manera queda en evidencia que las leyes reproducen macro y micro-machismos que colocan al género femenino en una posición de desigualdad donde sus derechos quedan en un segundo plano por lo que impone la sociedad, bajo el velo de la “apariencia”.


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