No hay duda que el futuro ha llegado. El Gobierno de Cataluña acaba de aprobar un proyecto de ley de voluntades digitales que faculta a los ciudadanos para designar en sus testamentos a sus herederos digitales y de esa forma tener la potestad de "reclamar ante las empresas la información colgada por la persona difunta", según informa una nota publicada en El País

"Las personas mueren físicamente pero su perfil en la Red sigue existiendo y teníamos que dar respuesta a ese vacío legal", dijo Carles Mundó, consejero de Justicia de Generalitat (sistema institucional de organización política de la comunidad autónoma), quien decidió presentar la iniciativa luego de conocer que en Francia se ha avanzado, en materia legislativa, sobre este tema. 

Según detalla el diario español, la norma tiene cuatro apartados: comunicaciones electrónicas, cuentas en las redes, la información en la nube o los dominios de la persona fallecida. Con la ley de voluntades digitales, a su vez, se busca que los jóvenes puedan designar a un "heredero digital" sin necesidad de escribir un testamento. Para ello, bastará con inscribirlo en un registro. 

carlos mundó/Foto: 

Conocida la noticia, el escepticismo no tardó en llegar. Para el abogado Javier de la Cueva, la norma no es necesaria porque tanto el Código Civil español como el catalán permite testar bienes y derechos y obligación. Añadió, además, que en el caso de las redes sociales se colisiona con legislaciones de otros países. Por ejemplo, Twitter tiene su sede en California (Estados Unidos) y cuando uno abre una cuenta acepta sus términos y condiciones. En ese contexto, recordó que en caso de conflicto, sería un juzgado de California el encargado de dirimir. 

Su colega Pere Lluis Huguet, sin embargo, tiene otra perspectiva. "El derecho siempre va detrás de la sociedad y alguna regulación se tiene que hacer". El letrado, asimismo, subrayó que los registros digitales afectan derechos fundamentales como el de la propia imagen. 

¿Quién es tu heredero digital?

Hace 2 años, Facebook anunció que permitiría a sus usuarios designar a un amigo o familiar para gestionar su cuenta en caso de fallecimiento. La iniciativa también incluía la facultad de escribir un comentario como mensaje de despedida o incluso el anuncio del funeral. Este servicio, en una primera etapa, estará disponible solo en Estados Unidos. 

En el caso de España, tal como informa El Periódico, se necesita la conformidad de un juez para permitir "que una persona pueda administrar o decidir sobre la cuenta" de un fallecido. 

se calcula que cada minuto mueren tres usuarios de facebook según vanguardia. así ha cabo de un año desparecen  1.8 millones de personas.

La ley de voluntades digitales permite al 'heredero' informar a empresas, como Facebook, Google o Youtube, sobre la muerte del usuario o titular de una cuenta. También tendrá la potestad de pedir "la cancelación o una copia de los contenidos". 

"Existe una supervivencia digital de las personas más allá de su muerte que puede ocasionar situaciones de dolor, como el hecho de que lleguen notificaciones de recuerdo de la persona ya fallecida como si estuviera viva, o los comentarios de otros", apuntó Xavier Bernadí, director de Derecho y Entidades Jurídicas de la Consejería de Justicia de Cataluña.

El modelo: Francia

Con 365 votos a favor de su Parlamento, Francia, en febrero del año pasado, aprobó un marco legal para poner orden en la Internet. Entre otros aspectos, la llamada ley para una República Digital estableció nuevos términos en su sistema judicial como el 'derecho a la muerte digital' que permite a sus ciudadanos "organizar, en vida, las condiciones de conservación y de comunicación de sus datos personales después de fallecer". De ahí se deriva la posibilidad de nombrar a un albacea que tenga la capacidad de acceder a las cuentas del fallecido, con la capacidad de mantenerla o eliminarlas, según lo dispuesto por el titular. 

[Foto de portada: Vanguardia] 

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