En el marco de las facultades legislativas, el Gobierno publicó este sábado el Decreto Legislativo Nº 1347, que oficializa la reducción del Impuesto General a la Ventas (IGV) en el Perú en un punto porcentual a partir del 1 de julio de 2017, pero condicionó la medida a una meta de recaudación.

Es decir, para que se haga efectiva la rebaja de la referida tasa de 18% a 17%, la recaudación anualizada del IGV neto de sus devoluciones internas deberá alcanzar el 7,2% del PBI al 31 de mayo próximo. "Para tal efecto, se toma en cuenta la información que publica mensualmente el Banco Central de Reserva del Perú y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria", se lee en la norma, que está firmada por el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, el jefe del gabinete, Fernando Zavala, y el ministro de Economía, Alfredo Thorne.

Es decir, si no se llega a esa tasa de recaudación, el IGV seguirá en su nivel actual. ¿Qué tan factible es lograr el objetivo? Luis Arias Minaya, exvicepresidente del BCR y exjefe de la Sunat, sostiene que la meta es "muy improbable", según le dijo a El Comercio, y explicó que esta se basa en un indicador que no es público. "Hay que construirlo. Este año la recaudación bruta sería de 8% del PBI", refirió a través de Twitter.

De acuerdo con los últimos datos disponibles del BCR, en el tercer trimestre del 2016, la recaudación anualizada total del IGV fue del 8% del PBI, mientras que las devoluciones por IGV en el mismo periodo fueron de S/3.172 millones, alrededor de 1,9% del PBI, según información de la Sunat.

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