El Ejecutivo aprobó el listado de organismos vivos modificados (OVM) conocidos como "transgénicos" impedidos de ingresar al país durante 10 años, a través de un decreto supremo publicado este domingo en el Diario Oficial El Peruano que estará vigente desde el lunes 25 de julio.

De esta manera, el Ministerio del Ambiente, que es la autoridad nacional competente para tomar esta decisión, aprobó el listado de mercancías restringidas sujetas a control en el marco de la Ley N° 2981. 

Dicha norma establece la moratoria de diez (10) años que impide el ingreso y producción en el territorio nacional de Organismos Vivos Modificados (OVM) con fines de cultivo o crianza, incluidos los acuáticos, a ser liberados en el ambiente.

El listado fue elaborado por el Ministerio del Ambiente, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, pero también fue sometido a consulta pública para su formulación.

La norma lleva la rúbrica del jefe del Estado, Ollanta Humala; y los ministros del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal; Economía y Finanzas, Alonso Segura; y de Comercio Exterior, Magali Silva.

Cabe señalar que con la Ley N° 29811, los ministerios del Ambiente, Agricultura y Producción aprobaron el Procedimiento y Plan Multisectorial para la Vigilancia y Alerta Temprana respecto de la Liberación en el Ambiente de los Organismos Vivos Modificados (OVM).

Este era el documento que faltaba para que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) pueda aplicar multas por la comercialización y uso de transgénicos ya que si bien desde hace más de un año el OEFA ya había publicado su escala de multas, aún no las podía ejercer por la falta del Plan Multisectorial.

Esta es la lista:

Con información de Andina y Gestión.

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