El 14 de octubre del 2015, la periodista Cecilia Valenzuela publicó en el diario El Comercio una columna titulada "La filiación política de la mafia de las lentejas", en la que indicaba que la Fiscalía del Crimen Organizado de Arequipa acusaba a los dirigentes locales que protestaban contra el proyecto minero Tía María "de extorsionar al Estado".

En dicha columna, Valenzuela no solo acusaba a los dirigentes arequipeños, sino que los vinculaba a la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (Cnddhh) y otras organizaciones sociales.

"La sustentación es rigurosa y exhaustiva: acusa a los dirigentes del frente de extorsionar al Estado, a los arequipeños y a la empresa minera Southern, y sostiene que se organizaron, con la complicidad de las ONG Red Muqui y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos", afirmó la periodista.

Pero Valenzuela no solo da cuenta de esta acusación, sino que cruza la frontera de detalles que debió comprobar:

"según la acusación fiscal, ( estas organizaciones) entregaron el dinero que los dirigentes usaron para pagar, S/.30 diarios, como jornal, a los huaraqueros que en Cocachacra se hicieron llamar ‘espartambos’".

Ante estas afirmaciones, el secretario ejecutivo de la Cnddhh, Jorge Bracamonte, decidió presentar una queja ante el Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana (CPP), la cual ha sido declarada fundada por este organismo, ordenando que sea publicada en el diario El Comercio, lo cual ocurrió el pasado 3 de junio.


LOS MOTIVOS

El Tribunal de Ética del CPP reconoce que si bien "no tiene competencia para resolver acerca de quejas presentadas sobre opiniones", la situación cambia si los hechos atribuidos a la Cnddhh "sí pueden ser materia de valoración si es que se hubieran consignado datos inexactos" 

También indican que en el documento de la fiscalía "no aparece la supuesta acusación contra la CNDDHHH, con lo que se está ante datos inexactamente consignados en la columna materia de la queja".

"Esto no es equivalente a una 'opinión' materia a ser contradicha por otra opinión, con lo que sí se está en este caso a nte una circunstancia sobre la que el Tribunal sí tiene competencia por tratarse de un caso de difusión de infromación inexacta". 

Por último, el Tribunal de Ética del CPP indica sobre un error al momento de publicar la carta de rectificación que la Cnddhh envió al diario:

"en lo que se refiere a la publicación de la carta de rectificación del denunciante, el Tribunal nota que esta se publicó editada y seguida de la respuesta de la autora de la columna, lo cual contradice lo establecido por el Tribunal Constitucional en la sentencia del expediente 3362-2004-AA7TC que ha establecido como precedente vinculante que el medio de comunicación 'no podrá insertar en la misma nota rectificatoria, como titular o comentario, nuevas apreciaciones o noticias, pues al insistir, revertir o poner en duda la rectificación del reclamante, se desvrituaría la naturaleza de la rectificación, anulando el contenido esencial de dicho derecho fundamental'"

El diario El Comercio ya cumplió con su deber. Falta que quienes estamos en el periodismo tomemos consciencia de no cometer las mismas faltas de nuevo.

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