La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que tres importantes empresas tienen en conjunto ante el referido organismo una deuda que asciende a los 2,650 millones de soles.
Ante la Comisión de Transportes del Congreso, el Superintendente Nacional Adjunto Operativo, Eduardo Mora Insua, indicó que se trata de las empresas Lan Perú, Telefónica y Claro (América Móvil).
Precisó que las deudas se encuentran impugnadas (reclamación o apelación) o en proceso judicial y que debido a ello resultan no exigibles al amparo de lo establecido en los Art. 119° y 159° del Código Tributario.
La deuda de la filial peruana de la aerolínea Lan con el Estado peruano asciende a 1,484 millones de soles (unos 450 millones de dólares), de los cuales 348 millones de soles se encuentran en etapa de reclamación ante la Sunat, pero dentro del plazo de resolución.
Adicionalmente, Lan Perú registra una deuda de 1,136 millones de soles en etapa de apelación ante el Tribunal Fiscal. “Tales deudas son no exigibles por tener recursos contenciosos”, expresó el funcionario.
Respecto de la deuda tributaria de la empresa Telefónica, Eduardo Mora, refirió que asciende a 6,945 millones de soles (2,100 millones de dólares), de los cuales, 6,768 millones de soles se encuentran en etapa de apelación ante el Tribunal Fiscal o con demanda contenciosa administrativa ante el Poder Judicial.
Estos recursos han sido presentados entre abril 2007 y febrero del 2016. El resto de la deuda, 177 millones de soles está en etapa de reclamación, pero dentro del plazo para su resolución por parte de la SUNAT.
En tanto, la deuda de la empresa de telecomunicaciones América Movil Perú (Claro) llega a 294 millones de soles (89 millones de dólares), de los cuales, 233 millones de soles se encuentran reclamados pero en plazo de resolución por parte de la SUNAT y adicionalmente 61 millones de soles en etapa de apelación ante el Tribunal Fiscal, indicó.
El superintendente explicó que el total de las deudas pendiente de pago de las tres empresas contribuyentes tienen su origen en determinaciones efectuadas como parte de las acciones de fiscalización que realiza la Sunat.
Las referidas empresas, al amparo del Código Tributario, han presentado recursos contenciosos, ante lo cual las deudas permanecen en condición de no exigibles, pero que serán cobrados si se confirman los reparos efectuados por la Administración Aduanera y Tributaria.
Con información de Agencia Andina.