Si bien a partir del 16 de mayo los afiliados a las AFP en edad de jubilación podrán retirar el 95.5% de su fondo previsional, existe un vacío legal que necesitan ser subsanado respecto al uso que se le daría al 4.5% restante de su ahorro pensionario.
Y es que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha advertido que la norma aprobada por insistencia en el Congreso y promulgada por el Ejecutivo si el aportante dispone de la casi totalidad de sus fondos se quedaría sin cobertura de EsSalud.
Para corregir este vacío legal se requiere que el Congreso apruebe una nueva norma donde se indique que este porcentaje restante irá a EsSalud, hecho que -según el jefe de la SBS, Javier Poggi- ya se está coordinando con la Comisión de Economía del Parlamento para que generar un proyecto de ley que lo subsane.
Por otro lado, si el afiliado retira de su fondo un porcentaje menor al 95.5% no tendrá el problema de quedarse sin cobertura de EsSalud, pues al generar una pensión con el saldo del fondo, el sistema previsional establece que de esa pensión un porcentaje vaya a EsSalud.
Cabe precisar que la SBS ha establecido que la persona que desee jubilarse (luego de cumplir los 65 años) debe acercarse a su AFP para que dicha entidad lo asesore de manera precisa sobre las opciones pensionarias, además de la alternativa de la libre disponibilidad de los recursos.
Para tal fin deberá presentar una declaración jurada sobre su situación familiar, tras lo cual recibirá una estimación preliminar de sus beneficios familiares en el marco de una renta vitalicia, retiro programado, retiro total o parcial del fondo previsional, entre otros.
Luego de ello tendrá siete días para tomar una decisión (el afiliado puede dilatar el tiempo si fuera necesario) y, eventualmente al octavo día, la persona podrá acercarse a la AFP para dar a conocer su decisión previsional o comunicársela por medio remoto (vía telefónica, correo electrónico o medio postal).
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Con información de Gestión y foto de cabecera de Andina