Se emocionaron. El presidente de Democracia Directa (DD), Andrés Alcantara, dijo hoy a la Agencia Andina que su partido, por el que postuló el cajamarquino Gregorio Santos, pasó la valla electoral e iba a tener representantes en el Congreso. Sin embargo, para el especialista en temas electorales, Fernando Tuesta, decir esto es erróneo.

"Es erróneo lo que está saliendo. Hay tres elecciones paralelas. Nada de lo que ocurre en una tiene implicancias en la otra. No porque saque 5,12% en el Parlamento Andino le van a otorgar los escaños en el Congreso. Lo que podría conseguir es algún escaño en el Parlamento Andino, pero en este no hay valla, son solamente 5 escaños. Para lograr uno, deberían tener al menos 10 o 15 por ciento y las vallas justamente se colocan para reducir el número de partidos", afirmó.

En declaraciones a Canal N, señaló que "hay una gran confusión en este tema que se extiende al de la inscripción". "Se están confundiendo las cosas porque en el caso de los movimientos regionales el ROP decidió que el 5% se podía dar a nivel regional, provincial y distrital, y algunos están extendiendo esta idea para los casos de Presidente, Congreso Nacional y Parlamento Andino, y así no es", afirmó.

En su red social Facebook, Tuesta añadió: "Esto es grave error, por lo siguiente: 

1) La barrera legal o valla electoral, se logra si se consigue cualquiera de las dos condiciones: conseguir al menos el 5% de los votos válidos o 6 congresistas en más de una circunscripción, en el resultado del parlamento nacional. NO importa y no tiene incidencia alguna, los resultados presidenciales y menos los del Parlamento Andino. (Art. 20 de Ley Orgánica de Elecciones).

2) No se puede "pasar" una valla que no existe. En el PA hay solo 5 escaños en disputa. Sería absurdo tener una valla electoral de un 5% si para conseguir un escaño se necesitaría mucho más que ese porcentaje. Con mayor razón si el objetivo de la valla electoral, es acotar el número de partidos y, en lo posible, combatir el fraccionamiento.

3) Es decir, si un partido no consigue las condiciones señaladas en (1), no importa si en la elección nacional y del PA una de ellas o ambas, superan el 5%. No permite, para el caso de DD, conseguir escaños en el parlamento nacional.

4) La confusión viene por el tema de mantener la inscripción. La valla está asociada también a que si un partido no la supera, pierde la inscripción en el JNE debido al Art. 13 de la Ley de Partidos Políticos). Pero con su modificatoria (16 de enero), ahora un partido político pierde su inscripción si no se presenta a dos elecciones generales.

5) La confusión (y falta de lectura conjunta y lógica de las normas) es que con motivo de la mantención del registro de movimientos regionales, el reglamento del ROP, calculó el 5% para el resultado regional, provincial o distrital. En el presente caso, se está tratando por extensión, de aplicar la misma lógica. En cualquier caso, sólo valdría para mantener la inscripción, pero de ninguna manera para lograr escaños en el Congreso.

6) Las reglas de juego aquí no han variado y DD que ha sorprendido con su votación, no ha cumplido con los requisitos de ley. Aquí un video aclaratorio:


En las elecciones a la Presidencia de la República, el exgobernador de Cajamarca, Gregorio Santos, alcanzó el 4.01%, mientras que en la votación al Congreso alcanzaron cerca de 496 505 votos a su favor. 


Notas relacionadas en LaMula.pe:

Verónika Mendoza sobre Keiko: "Su padre robó dinero al pueblo peruano y con eso financiaron sus estudios"

Fernando Tuesta: “A los partidos que quieren institucionalizarse les conviene hacer la reforma electoral”

La mayoría fujimorista: ¿Qué cambios deberían hacerse para evitar estos escenarios?