Un total de 721 casos de flagrancia que involucran a 795 enjuiciados se registraron en las seis cortes superiores de justicia de Lima Metropolitana y Callao. Es de esta manera que a solo nueve semanas de la aplicación de la nueva norma que regula el proceso inmediato en los delitos, los resultados están siendo tangibles

La Corte Superior de Lima Este (212) es la que tiene el mayor número de procesos inmediatos, seguida de las cortes superiores de justicia de Lima Centro (196), Lima Norte (139), Callao (101), Lima Sur (57) y Ventanilla (16).

Y con respecto a los delitos flagrantes de mayor incidencia, 157 son por hurto, 143 por robo, 96 por conducción en estado de ebriedad y 88 por omisión a la asistencia familiar. 

En menor medida están los delitos por violencia y resistencia a la autoridad, lesiones, corrupción de funcionarios, entre otros. 

Cabe resaltar que desde el 29 de noviembre del año pasado, fecha en la que entró en vigencia el Decreto Legislativo N° 1194, que regula el proceso penal inmediato, en la gran mayoría de los 721 casos ya se han dictado sentencias puesto que los encausados se acogieron a la figura jurídica de terminación anticipada. 

Todos estos resultados demuestran que los juzgados penales están preparados para actuar con prontitud y eficacia bajo el modelo de proceso inmediato, resolviendo así en solo horas o días un trámite que en otro tiempo hubiera tardado más de un año. 

Cabe indicar que corresponde al fiscal solicitar el inicio del proceso inmediato cuando el imputado ha sido sorprendido y detenido y flagrante delito, cuando ha confesado haberlo cometido o cuando los elementos de convicción acumulados durante las diligencias y el interrogatorio del imputado sean evidentes. 

Los casos

Hay flagrancia cuando el autor del delito es descubierto en la realización del hecho punible o acaba de cometerlo y es descubierto. 

Además, también se da cuando el autor ha huido, pero fue identificado durante o inmediatamente después de la perpetración del hecho punible y es encontrado durante las 24 horas de producido el delito. 

Finalmente, también existe flagrancia cuando el agente es encontrado en las 24 horas después de la perpetración del delito con instrumentos procedentes de aquel. 

(Con información de andina.com.pe)

(Foto de cabecera: andina.com.pe)

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