El Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 declaró improcedente la tacha presentada contra el candidato de Alianza para el Progreso, César Acuña, por presuntamente haber consignado datos falsos en su hoja de vida, con respecto a su lugar de domicilio en San Juan de Lurigancho. 

Su presidente, Manuel Miranda Alcántara, explicó a Canal N que la tacha no procede primero porque Acuña no incumplió ninguno de los requisitos para ser candidato a la Presidencia, en la cual no está el tema del domicilio.

Estos son, de acuerdo al artículo 108 de la Ley Orgánica de Elecciones, ser peruano de nacimiento, mayor de 35 años, gozar de derechos políticos, tener nacionalidad peruana, no haber sido inhabilitado, y no tener incompatibilidad manifiesta con algún cargo público. 

En segundo lugar, sobre la supuesta falsedad en la hoja de vida, el funcionario señaló que la verificación de este documento está a cargo del propio JEE Lima Centro 1, y se realiza solo después de haberse aceptado la inscripción de la fórmula presidencial.

En el caso de Acuña, señaló lo que se ha aceptado es solo su solicitud para inscribirse, pero aún no se acepta su inscripción definitiva.

Miranda señaló que la resolución de la tacha, presentada por el personero legal de Alianza Popular, José Germán Pimentel Aliaga, puede ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones.

Con información de Agencia Andina.

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