La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronunció este viernes a favor de uno de los familiares de las víctimas de desaparición forzada en la comunidad de Santa Bárbara, en Huancavelica. Como se recuerda, 15 campesinos, incluyendo 7 niñas y niños, y una embarazada, fueron asesinados por miembros del ejército peruano el 4 de julio de 1991, durante el primero gobierno de Alberto Fujimori.

La corte dictaminó que las autoridades peruanas involucradas en el caso "tuvieron el propósito de eliminar las evidencias de lo sucedido y ocultar lo que realmente había ocurrido o borrar todo rastro de los cuerpos para evitar su identificación o que su destino y paradero fuera establecido", se lee en la sentencia.

Al respecto, la Comisión de la Verdad y Reconciliación, en su informe final, sintetizó el devenir jurídico del caso de la siguiente manera:

"El 4 de julio de 1991, una patrulla del Ejército asesinó a quince personas, entre adultos y niños, en una mina conocida como “Misteriosa”. En un hecho inusual, luego de una investigación ordenada por el Comando Conjunto de la Fuerza Armada, el 16 de octubre de 1992 el Consejo de Guerra Permanente de la Segunda Zona Judicial del Ejército expidió sentencia contra los responsables por delitos de función con el propósito de evitar la competencia del fuero civil. Los sentenciados posteriormente fueron beneficiados por la ley de amnistía (1995). En el marco de su mandato, la Comisión de la Verdad y Reconciliación recomienda al Poder Judicial disponer la reapertura del proceso penal, anulando previamente los efectos procesales de la Ley de amnistía otorgada a favor de los victimarios de conformidad con la sentencia pronunciada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos".

Lo que la CIDH ordena

La Corte estableció que la sentencia constituye "una forma de reparación" y ordenó al Estado lo siguiente:

=> Llevar a cabo las investigaciones necesarias para determinar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de las violaciones declaradas en la sentencia.

=>  Iniciar las acciones que resulten necesarias tanto para la exhumación como la identificación de los restos humanos localizados en la mina “Misteriosa”, o “Vallarón”, sitio que deberá proteger para su preservación.

=> Entregar a los señores Zenón Cirilo Osnayo Tunque y Marcelo Hilario Quispe la cantidad de diez alpacas a cada uno, o su valor equivalente en el mercado. Además, el Estado debe, a través de sus programas habitacionales existentes, proveer a cada uno una vivienda adecuada.

=> Brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas que así lo soliciten.

=> Publicar la sentencia y su resumen oficial.

=> Pagar las cantidades determinadas en la sentencia. 

=> El Estado deberá reintegrar al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos la cantidad erogada durante la tramitación del caso. 

=> La Corte supervisará el cumplimiento íntegro de esta Sentencia y dará por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma.


Puedes revisar la sentencia completa aquí.


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