El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fiscalizará las elecciones internas que deben realizar las organizaciones políticas que participarán en las elecciones del 2016, anunció el director nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE, Alberto Kuroiwa Bermejo.

Esta instancia del organismo electoral indicó que los partidos con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) que presentarán candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República deben realizar sus comicios internos entre el 13 de octubre y el 21 de diciembre de 2015.

En tanto, que para elegir a los candidatos a congresistas y parlamentarios andinos, el ejercicio de la democracia interna deberá darse del 13 de octubre de 2015 al 20 de enero de 2016.

Kuroiwa dijo que su despacho ya solicitó a los partidos políticos remitir, en un plazo de tres días hábiles luego de su aprobación, el acta de conformación del órgano electoral central y los órganos descentralizados, y el Reglamento Electoral aprobado por el órgano correspondiente.

Según la Resolución N° 0285-2015-JNE, que aprueba el Reglamento para la Fiscalización del Ejercicio de la Democracia Interna de los Partidos Políticos y Alianzas Electorales aplicables a las Elecciones Generales de 2016, publicada en el diario El Peruano, las organizaciones políticas deberán enviar su estatuto vigente registrado en el ROP.

Los partidos deberán remitir al JNE el cronograma del proceso electoral central y descentralizado, la elaboración, actualización y aprobación de su padrón de electores con fecha de cierre del mismo, la condición de “afiliados” o “no afiliados” e indicar la página web donde realizará la publicación de las declaraciones juradas de vida de los candidatos.

“Recibimos con agrado que Acción Popular decidiera solicitar el apoyo del JNE y la ONPE para el desarrollo de sus elecciones internas, bajo el mecanismo de un militante, un voto”, subrayó Kuroiwa.

Asimismo, el Partido Nacionalista Peruano, Orden, Peruanos Por el Kambio y Perú Posible indicaron que cuando cuenten con esa información se comunicarán con el JNE. “Esperamos que las demás agrupaciones que deseen participar en los comicios de abril, hagan lo propio”, anotó el funcionario del JNE.

DATO: El artículo 178° de la Constitución peruana señala que son atribuciones del JNE fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares, y la elaboración de los padrones electorales.