Entre 6 a 15 años de cárcel recibirá quién, sin estar debidamente autorizado, fabrique, comercialice, ofrece o tenga en su poder bombas, armas, municiones o materiales explosivos, de acuerdo con un decreto legislativo publicado en el Diario Oficial El Peruano, que modifica el Código Penal. 

La norma menciona que la sanción abarca también a todo aquel que tenga en su poder inflamables o tóxicos, así como sustancias o materiales destinados para la preparación de explosivos.

La misma pena recibirá aquel que preste o alquile, sin la debida autorización, las armas a las que se han hecho mención en este dispositivo legal, aprobado en el marco de las facultades otorgadas al Ejecutivo por el Congreso para legislar sobre seguridad ciudadana.

Las personas que trafiquen con los materiales, residuos peligrosos o materiales destinados para la preparación de explosivos también serán sancionadas.

El mismo decreto señala que tendrán de 6 a 15 años de prisión aquellas personas que, de manera ilegal, transformen o transporten materiales sólidos, líquidos, gaseosos u otros, que pongan en peligro la vida, salud, patrimonio público o privado y el medio ambiente.

La norma lleva la rúbrica del presidente Ollanta Humala, del jefe del gabinete ministerial, Pedro Cateriano, y de los titulares del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, y de Justicia, Gustavo Adrianzén.

Noticias relacionadas en Lamula.pe:

Conspiración para delito de terrorismo será penada con 15 a 20 años de cárcel

Motociclistas deberán usar chalecos con número de placa y otros 4 decretos sobre seguridad ciudadana

Gobierno prohíbe a policías y militares en actividad trabajar en seguridad privada

Texto de Andina y foto de cabecera de Flickr de Mininter