La condena de tres años de prisión suspendida por enriquecimiento ilícito, la inhabilitación de todo cargo público, así como la reparación civil de S/.2 millones que un tribunal superior impuso en octubre de 2012 a la congresista Cecilia Chacón de Vettori, ya no existen más.
Una sala suprema ha emitido una resolución favorable a la parlamentaria fujimorista, al disponer la nulidad de absolutamente todo el proceso penal que se inició en el año 2001, y ahora, todo deberá volver a fojas cero.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia acogió un reclamo presentado por Chacón, quien alegaba que el proceso debía ser revocado debido a que ningún fiscal de la Nación había formulado antes cargos ni acusación penal contra ella.
La conclusión del tribunal supremo señala entre otras cosas:
“En el presente caso, la acción penal no fue ejercida por el fiscal de la Nación sino por un fiscal Anticorrupción; sin contar con un pronunciamiento del fiscal de la Nación, el incumplimiento del requisito de procedibilidad produce una nulidad procesal absoluta que no puede ser convalidada o subsanada”.
Ello, pese a que en el año 2001, cuando se inició este proceso penal, Cecilia Chacón no era parlamentaria. Fue electa, por primera vez, en el año 2006, y sigue siéndolo hasta hoy.
Además, la sala suprema no habría tenido en cuenta cinco resoluciones de Fiscalía de la Nación con las cuales en el año 2002 se les dio facultades a los fiscales provinciales y anticorrupción para que denuncien una cantidad importante de casos de enriquecimiento ilícito contra funcionarios.
Ahora que la decisión suprema ha sido notificada a la Fiscalía de la Nación para que tome acciones al respecto, es probable que esta instancia recurra a dicha disposición. Por lo pronto, la Procuraduría Anticorrupción ya ha planteado recurso de nulidad.
Los jueces que estamparon su rúbrica en la resolución –que para autoridades anticorrupción consultadas por LaMula.pe representan un grave precedente y un retroceso en la lucha contra la corrupción– son Josué Pariona Pastrana, Elvia Barrios Alvarado, José Neyra Flores, Segundo Morales Parraguez y Luis Cevallos Vegas.
LaMula.pe pudo conocer esta mañana el contenido de la resolución. Pese a que recién ha sido notificada a mediados de marzo, la decisión ya había sido tomada en setiembre de 2014, es decir, la mantuvieron fuera de los reflectores por más de medio año.
LA CUESTIÓN PREVIA
Según la sentencia de octubre de 2012, Chacón y su esposo, Luis Miguel Portal Barrantes, tuvieron un incremento patrimonial progresivo y continuo, con depósitos, adquisición de bienes e inversiones que no habrían podido explicar razonablemente, por US$972.316 y S/.9.185. Monto que para el tribunal superior era el desbalance patrimonial hallado.
Pero, entonces, en febrero de 2014 Cecilia Chacón presentó un recurso denominado “cuestión previa”, argumentando que la sala superior que la había condenado en 2012 había incumplido con el artículo 41 de la Constitución Política del Perú, que le asigna al fiscal de la Nación la función de formular denuncia penal contra los funcionarios públicos por el delito de enriquecimiento ilícito.
“La acción penal no fue ejercida por el fiscal de la Nación sino por un fiscal Anticorrupción”, se quejaba Chacón en su recurso para librarse de la condena.
La defensa de la fujimorista dio en el blanco, pues el tribunal supremo acogió su tesis y señaló que la cuestión previa “ataca el ejercicio mismo de la acción penal, dado que sin la existencia de una acción penal válidamente ejercida, no podemos hablar de proceso penal alguno”.
“De la lectura de todo el expediente no se advierte resolución alguna del fiscal de la Nación que haya subsanado o convalidado lo realizado por el fiscal provincial penal especializado. Siendo así, procede amparar lo planteado por la defensa de la procesada Chacón de Vettori en cuanto al incumplimiento de un requisito de procedibilidad”, señala la resolución de siete páginas.
Ese fue el argumento principal para echar por tierra los catorce años de investigación y proceso penales contra la actual parlamentaria por ser presunta cómplice secundaria de enriquecimiento ilícito, pues el principal denunciado –como se recuerda– era su padre, el general EP (r) y exministro del Interior del régimen de Alberto Fujimori, Walter Chacón Málaga, quien quedó fuera del proceso por disposición del Tribunal Constitucional.
“Por esa razón, declararon fundada la cuestión previa deducida por la defensa de Cecilia Isabel Chacón de Vettori en el proceso que se le sigue por su presunta participación en la comisión del delito de enriquecimiento ilícito en agravio del Estado; y en consecuencia, nulo todo lo actuado hasta el auto de procesamiento del 19 de enero de 2001 y el auto ampliatorio de procesamiento del 17 de setiembre de 2001”, reza la parte decisoria del documento.
RESOLUCIONES OLVIDADAS
Fuentes vinculadas al proceso señalaron a LaMula.pe que la Sala Penal Permanente no tuvo en cuenta cinco resoluciones de la Fiscalía de la Nación del año 2002 que podría ser utilizado por esta institución en un eventual pedido de nulidad de la resolución favorable a Chacón.
Este portal obtuvo una de ellas, la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 816-2002-MP-FN, firmada el 20 de mayo de 2002 por la entonces fiscal de la Nación, Nelly Calderón Navarro.
En esta resolución de página única, Calderón recogió la advertencia del fiscal Jorge Luis Cortez Pineda, quien le informó de casos de funcionarios públicos a quienes se les había formulado acusación por enriquecimiento ilícito sin que existan previamente cargos de la propia fiscal de la Nación.
“Advertidos estos hechos, y dada la complejidad de las investigaciones que se vienen realizando… se hace necesario delegar el conocimiento de dichos casos a las Fiscalías Provinciales Penales correspondientes”, indica.
Por esa razón, Nelly Calderón resolvió de la siguiente manera: “Deléguese a las Fiscalías Provinciales Penales las investigaciones por delito contra la administración pública – enriquecimiento ilícito en agravio del Estado, contra las personas que se hallan dentro de los alcances de la Ley No 27482, entendiéndose regularizadas las denuncias realizadas por las Fiscalías Provinciales Penales por el acotado delito”.
Existen dos resoluciones anteriores y dos posteriores a la misma que también serán presentadas en la nulidad. Por lo pronto, este portal se pudo comunicar con el titular de la Procuraduría Anticorrupción, Joel Segura, quien manifestó que su despacho ya ha pedido la nulidad de la decisión.
De momento, Cecilia Chacón y el fujimorismo celebran.