El proyecto ley que "promueve el mejor desempeño del mercado laboral" propuesto por el Ejecutivo y aprobado, en diciembre pasado, por las comisiones de Trabajo y Economía facilita a las empresas el despido colectivo, debilita la participación de los sindicatos en las negociaciones con el empleador y, según algunos laboralistas, establece que los bonos por productividad estarán desafectos del computo de la CTS, las gratificaciones y las vacaciones. 

La iniciativa legislativa forma parte del quinto paquete reactivador enviado por el Ejecutivo al Congreso y aun está pendiente su debate en la Comisión Permanente o en la próxima legislatura. Sin embargo ya ha despertado la critica de los exministros de Trabajo Javier Neves y Carlos Blancas, recogidas en el diario La República y Hildebrant en sus trece.  

El proyecto establece cambios a cinco leyes: la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, la ley que creó la Sunafil, la Ley General de Inspección del Trabajo, la ley de CTS y la ley Mypyme. 

En el caso del ceso colectivo por razones económicas, la normativa actual faculta a las empresas que acrediten una caída durante nueve meses consecutivos de las ventas o sus ingresos a despedir a no menos del 10% de su planilla. Es decir, el cese colectivo solo procede cuando una empresa atraviesa una gran tormenta, que le obliga a despedir al 10% de su personal para sanear sus arcas. 

Lo que plantea el proyecto es que las empresas puedan acogerse al cese colectivo cuando estén soportando tan una ventisca. Por ello reduce el número de despedidos a 5%. Para Javier Neves, esta medida desprotege al trabajador pues "ahora una compañía puede realizar despidos colectivos una vez que justifique que tan solo con un 5% de trabajadores estén comprometiendo la viabilidad de la empresa".

Los laboralistas también han advertido un cambio nada sutil en el protagonismo de los sindicatos en la negociación del cese colectivo. En la Ley de Productividad y Competitividad Laboral se precisa que las negociaciones del empleador realizan con el sindicato y, en su defecto, con los trabajadores. La figura cambia en el proyecto enviado por el Ejecutivo, pues resta protagonismo al sindicato, al establecer que la negociación del empleador se podrá realizar "con el trabajador, o su representante, o el sindicato". 

La justificación que figura en el documento para este cambio es que la ley actual no toma en cuenta de que en una empresa puede existir más de un sindicato o trabajadores no sindicalizados ni los intereses individuales dentro del mismo sindicato. Por eso a libertad del trabajador elegir quién lo representará en la negociación de un cese colectivo. 

El bono de la discordia

La iniciativa de ley trae consigo un artículo que establece que “el bono otorgado en forma eventual y variable por una empresa, sujeto a un plan de evaluación por desempeño" no se considera remuneración computable para el cálculo de la Compensación por Tiempos de Servicios (CTS). Este bono además será revisado anualmente, conforme a la política de cada empresa y será equivalente al 20% de la remuneración anual del trabajador para "evitar que se distorsione la medida". 

Según Blancas y Neves este bono tendrán un impacto no solo en la CTS, sino también en el monto de las gratificaciones y las vacaciones. En Hildebrant en sus trece, Neves propone un ejemplo didáctico: "Si el empleado recibe 1.000 soles a fin de mes esta cifra estaría compuesta por 800 soles de sueldo básico y 200 soles de bono. Entonces, tanto las gratificaciones, la compensación por tiempo de servicio (CTS) y las vacaciones se calcularían sobre los 800 soles y no sobre los 1.000". Es decir, se le quita a los bonos el carácter remunerativo. 

Además, se modifica la estructura organizativa de la Sunafil para incluir a un representante del MEF y otro de Produce con la supuesta finalidad de otorgarle al organismo fiscalización laboral un "carácter interdisciplinario", aunque los detractores interpretan este cambio como una estrategia para poner cortapisas a las inspecciones.   

El futuro de esta iniciativa es incierto, pero a diferencia de lo sucedido con el derogado Régimen Laboral Juvenil, la aprobación de este proyecto tendrá mayores obstáculos. El Congreso que tuvo que recular con la denominada ley pulpín, ante las cinco marchas de miles de jóvenes que exigieron su derogación, ahora está mucho más expuesto al escrutinio ciudadano y las bancadas políticas están poco dispuestas a defender medidas con alta resistencia entre la población, más aún cuando está por iniciarse la campaña presidencial del 2016. 

Repaso internacional: reformas cuestionadas 

Las reformas que ha planteado el Ejecutivo forman parte del recetario liberal que ya se ha aplicado en otros países. En 2012, en España se aplicó una reforma laboral para hacer más fácil y barato el despido, y al igual que lo que se pretende en Perú, reducir la capacidad de negociación de los sindicatos. Los funcionarios del gobierno de Mario Rajoy argumentaron que con estos cambios se debía incrementar el empleo. Sin embargo esto no ha pasado. Según los últimos reportes del centro de estadística nacional, el número de parados (desempleados) no ha disminuido y alcanza la cifra de más de 4 millones y medio de personas sin trabajo. 

Camino contrario ha seguido por ejemplo, el gobierno chileno de Michell Bachelet. se produjo hace pocas semanas una reforma que enfrentó al Ejecutivo con los empresarios pues éste presentó un proyecto de ley que fortalece la negociación colectiva e incluye la prohibición de reemplazar a los trabajadores en caso de huelga. Bachelet explicó que su reforma pretende mejorar la calidad y productividad del empleo y aumentar la participación laboral de los grupos que lo necesitan, como el de las mujeres y los jóvenes. También busca generar un mayor equilibrio en las relaciones entre empresa y trabajadores, perfeccionando la negociación colectiva. 


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