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¿Cómo hacer un lobby?

Los 'Cornejoleaks' y la gestión de intereses en la administración pública.

Publicado: 2014-08-19

“Hoy en día tenemos estados centralistas y que no cubren todo el territorio nacional, y en el caso del Perú es un Estado privatizado, y lo digo porque recuerdo que al día siguiente de haber ganado las elecciones ya tenía a los diferentes poderes fácticos pidiéndome insistentemente que diga el nombre de los directivos del Banco Central de Reservas, del ministro de Economía, etcétera”. Esto fue parte del discurso del presidente Ollanta Humala en octubre del 2011 en Paraguay, a los pocos meses de haber llegado a Palacio. Casi tres años después, los 'Cornejoleaks' sacudieron la semana pasada la vida política peruana porque reflejaron conversaciones –y posibles negociaciones– que algunos intuían, pero tenía dudas. Lo que más llamó la atención es la supuesta injerencia privada en decisiones gubernamentales: lobbies

Así, pudimos conocer miles de correos del ex titular de la PCM René Cornejo, en las que había conversaciones con sus asesores y con miembros del gabinete ministerial, además de comunicaciones sobre medidas tomadas por el Ejecutivo. Sin embargo, los más resaltantes son los mensajes reenviados desde las carteras de Energía y Minas, del Ambiente y de Economía en los que figuran remitentes de empresas privadas como la pesquera Exalmar (Cecilia Blume) y la petrolera Karoon Gas.

Tras conocerse estos 'tratos' han surgido críticas y defensas del 'lobby'. Para el dirigente de Perú Po­sible Juan Sheput, Ollanta Humala está generando todas las condi­ciones desde el Ejecutivo para que el país se consolide como “una república lobbista”. Por su parte, el congresista Víctor Andrés García Belaunde señaló que hay algunos ministros que son lobbistas y que el principal es Eleodoro Mayorga. De inmediato, éste y la titular de la PCM, Ana Jara, salieron a decir que no hay injerencia privada en el gobierno.

Lo cierto es que más allá de estos correos electrónicos, hay leyes y acciones del gobierno que sí reflejan las inquietudes del sector empresarial. No obstante, hay que tener en cuenta que la conformación de ‘lobbies’ en el Perú está avalada por la Ley Nº 28024, que “regula la gestión de intereses en la Administración Pública” y está reglamentada por el Decreto Supremo Nº 099 – 2003 – PCM. También es cierto que hay una regulación para poner en práctica esta actividad. ¿De qué trata?

La actividad de gestión de intereses privados o de terceros corresponde, muchas veces, con el perfil de un profesional en las comunicaciones. Sin embargo, no es una necesidad imperante que un 'lobbista' estudie para serlo. "Algunas personas se dedican a esta tarea porque poseen un talento innato para comunicar y persuadir a otros sobre la toma de decisiones importantes en razón a inversiones, planeamiento, prórrogas y demás. Para ello, es trascendental conocer qué dice la norma sobre estas prácticas y cuáles son sus límites", señala el portal LaLey.pe.

Para iniciar, se debe entender como acto de gestión a la comunicación oral o escrita, cualquiera sea el medio que utilice, dirigida por el gestor de intereses a un funcionario de la administración pública, con el propósito de influir en una decisión (Art. 2 de la Ley).

Se define como decisión pública al proceso mediante el cual la administración pública establece políticas o toma de decisiones de cualquier naturaleza que tengan una significación económica, social o política de carácter individual o colectivo, o que afecten intereses en los diversos sectores de la sociedad (Art. 4 de la Ley).

Gracias a la filtración también se supo de la sugerencia del ministro Mayorga para eliminar los estudios de impacto ambiental que estipula el reglamento de hidrocarburos, con lo cual la petrolera Karoon Gas haría extracciones sin que el gobierno supervise. Para el funcionario, el hecho de que una empresa privada participe en la modificación de las normativas estatales es natural, pero habría que recordarle que la normativa jurídica también cuenta con restricciones. Así, por ejemplo los artículos 11º y 12º indican que para ejercer actos de esta naturaleza los gestores profesionales deben inscribirse en el Registro Público de Gestión de Intereses de manera obligatoria ante la Sunarp.

Mientras tanto, sigue el debate sobre los lobbies, ¿lo tomará en cuenta el gobierno en sus próximos decretos?

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Escrito por

ALBERTO ÑIQUEN G.

Editor en La Mula. Antropólogo, periodista, melómano, viajero, culturoso, lector, curioso ... @tinkueditores


Publicado en

Redacción mulera

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