Y llegó el 1 de agosto
¿Aportarás? ¿a una AFP o a la ONP? ¿Sabes que no es necesario cambiar de recibo por honorarios? ¿Y si no aportas?
Y llegó el día. ¿Eres trabajador independiente y menor de 41 años? Pues ya estarás enterado de que a partir de hoy debes aportar obligatoriamente a una AFP o a la ONP.
¿Te inclinaste por el sistema nacional de pensiones? Entonces deberás afiliarte a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), sea en alguna de sus oficinas o mediante su web. ¿Preferiste el sistema privado? pues no tienes otra opción que AFP Habitat, que ganó la licitación para tener en su cartera a los nuevos afiliados hasta el 2015. Igual, puedes afiliarte en persona o a través de su web.
Como indicáramos en una nota anterior, las tasas de aporte a la ONP aumentarán gradualmente de 5% de los ingresos del trabajador durante este año, a 7.5%, 10% y 13%, en los siguientes tres años. En la AFP, la tasa comenzará en 2.5%, y se elevará a 5%, 7.5%, y 10%.
Sin ingresos en un mes
Si no los generas, no estás obligado a aportar, pero ya sabes, lo mejor es que consigas un sustento. Si no haces el aporte, como persona natural no tendrías ninguna sanción, a diferencia de los empleadores. En el caso de la AFP, no se habla de penas a los aportantes independientes. Lo cierto es que eso depende de ti , nada más. Lo más aconsejable es hacer las consultas respectivas.
¿Nuevos recibos por honorarios?
Si ya los tienes –y obviamente no están indicados los nuevos rubros a descontar–, no es necesario que los cambies. Tu aporte lo puedes anotar manualmente, sin que eso invalide tu recibo. Recuerda que también tienes a tu disposición los recibos por honorarios electrónicos, que puedes gestionar en cualquier sede de la Sunat.
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Editor en La Mula. Antropólogo, periodista, melómano, viajero, culturoso, lector, curioso ... @tinkueditores
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