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Cómo saber si tienes multas electorales

Si no fuiste a votar, entérate aquí cómo saber el monto de la sanción.

Publicado: 2014-02-02

Muchos ciudadanos, por diversos motivos, no han podido asistir a elecciones municipales, regionales y/o presidenciales.

Como consecuencia de ello, han sido sancionados con multas electorales que los inhabilitan para realizar trámites con sus documentos de identidad.

Por ello, compartimos las indicaciones que da el Jurado Nacional de Elecciones. Primero, debes ingresar a este enlace del JNE:

http://200.37.211.185/UCC/ConsultaExterna/wf_ConsultarMultasCiudadano.aspx

Luego, debes escribir el número de DNI y el código mostrado en la imagen. Finalmente, haz la consulta correspondiente.

"De esta manera, se tendrá a la vista una información precisa sobre el monto de la multa o multas pendientes de pago, el proceso electoral pertinente y el tipo de multa (omisión al voto o por inasistencia de miembro de mesa)", señala la nota de prensa del JNE.


¿Qué debes hacer si tienes una multa? 

"Si el ciudadano verificó que tiene una multa o varias, la solución resulta también sencilla: basta acudir a cualquier agencia del Banco de la Nación ubicada en todo el país, la cual se halla interconectada con el JNE, y pagar la deuda", señala el comunicado.

En caso que el ciudadano considere que la multa aplicada resulta irregular o injusta, tiene derecho a solicitar ante el JNE la justificación, la dispensa o la prescripción del caso, basado en las causas que lo respalden.


Datos:

La Unidad de Cobranzas del JNE es la encargada de hacer efectivas las multas electorales impagas. En primer lugar, esta instancia cursa una notificación al domicilio del omiso, quien puede efectuar el pago dentro de un plazo de 15 días perentorios. De no efectuarse la cancelación, se procede a la acción coactiva de cobro, de acuerdo al respectivo reglamento.

El monto de dichas multas está fijado por ley y se aplica en función de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) de cada año. A los miembros de mesa que no ejercieron la función corresponde el 5% (S/. 190.00), incluyendo a quienes se negaron a instalarla.

Asimismo, las multas de los omisos al sufragio se aplican en tres niveles, considerando el índice de pobreza del distrito en que al ciudadano le correspondió votar: 2 % (S/. 76.00) en los distritos "no pobres", 1 % (S/. 38.00) en los "pobres no extremos" y 0.5 % (S/. 19.00) en los "pobres extremos".


Escrito por

Jorge Luis Paucar Albino

Comunicador con mención en Periodismo, especialización en Gobierno y Políticas de Salud (PUCP) y redactor en la Red Científica Peruana (RCP)


Publicado en

Redacción mulera

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