Precedente importante
Promsex considera un hito de acceso a la justicia sanción a discoteca Gótica por discriminar a una persona transexual
El Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos, (Promsex), saludó la decisión de Indecopi de sancionar con 370 mil nuevos soles (100 UIT) a la discoteca Gótica por haber discriminado a Godfrey Arbulú, únicamente por ser transexual.
"Es la primera resolución de Indecopi que se pronuncia a favor de una persona trans y en contra de una discoteca a causa de una práctica discriminatoria, es importante que los ciudadanos y las ciudadanas sientan que pueden confiar en sus instituciones y que a través de ellas hacer valer sus derechos. Con esta resolución INDECOPI muestra su preocupación por denunciar estos actos de discriminación contra población LGTB", consideró Ysabel Marín abogada del centro que tuvo a cargo la defensa legal de Arbulú.
Con esto sin duda se sienta un hito respecto al acceso a la justicia y un buen precedente respecto a estas prácticas discriminatorias, algo común en muchos locales de la capital.
"Es un llamado de atención a todos los centros de diversión, no solo discotecas sino también restaurantes, cines, centros comerciales, centros de consumo para que no incurran en discriminación contra ciudadanos LGTB (...) Sin embargo, lamentamos que en el contenido de la resolución se haga referencia a que la causal de discriminación fue la de orientación sexual y no la de identidad de género, ya que Godfrey es transexual", remarcó Marín.
La sanción incluye, además de la multa, el pedir disculpas por haber incurrido en una práctica discriminatoria al no dejarla ingresar debido a su identidad de género la discoteca en calidad de medidas correctivas deberá remitir una carta a la denunciante disculpándose por el trato discriminatorio; publicar un aviso en su página web y colocar un aviso en la entrada de la discoteca, capacitar a todo su personal para que eviten conductas discriminatorias, debiendo acreditar dicha capacitación ante la secretaría técnica de Indecopi; y abstenerse de realizar prácticas discriminatorias de cualquier índole que implique vulneración a los derechos de los consumidores.
"Gótica" es sancionada por infracción a la Ley N°29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, que en su artículo 1 (1.1) señala que los consumidores tienen derecho a un trato justo y equitativo en toda transacción comercial y a no ser discriminados por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, otros. Y en el artículo 38 (38.1) sostiene que los proveedores no pueden establecer discriminación alguna.
Escrito por
Esperando un mundo regido por la igualdad con base en las diferencias. @ginnoceronte
Publicado en
Aquí se publican las noticias del equipo de redacción de @lamula, que también se encarga de difundir las mejores notas de la comunidad.