El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada la impugnación presentada por el Partido Aprista contra la cédula de referéndum del próximo 9 de diciembre. 

En la víspera, el JNE dejó al voto la impugnación presentada por el Partido Aprista a la cédula de votación a emplearse en el referéndum sobre la conformación de la Junta Nacional de Justicia, no reelección de congresistas, financiamiento de partidos y el retorno de la bicameralidad.

Durante la audiencia, se escuchó los argumentos de los representantes de la mencionada agrupación política y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

El Apra cuestionó el orden de las preguntas en la cédula de votación al considerar que no es el mismo aprobado por el Parlamento, si no uno elegido a voluntad del presidente Martín Vizcarra.

Los personeros legales de este grupo político, José Pimentel y Pedro Panta, manifestaron que la cédula, tal como ha sido diseñada, vulnera la Constitución, pues induce al elector a votar en determinado sentido.

Por su parte, José Coloma Marquina, representante de la ONPE indicó que no existe una ley que señale cual debe ser el orden de las preguntas en caso de referéndum.

Sostuvo que la entidad electoral elaboró la cédula de votación en el mismo orden aprobado por el Ejecutivo en el Decreto Supremo 101-2018-PCM.

Manifestó que solo reprodujeron el orden establecido en la convocatoria original del Poder Ejecutivo.


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