Este jueves 6 de setiembre se publicó el Decreto Legislativo 1393 mediante el cual el Ministerio de la Producción (Produce) “busca evitar que se continúe con actividades ilegales en el sector y garantizar la preservación y sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos”. 

De esta manera, entre las medidas dispuestas, se podrá intervenir y descerrajar el lugar en el que se advierta la construcción y funcionamiento de un astillero o cualquier otra infraestructura que sirva para la construcción de embarcaciones pesqueras.

Asimismo, se procederá al decomiso de la maquinaria y equipos que se encuentren en dicho lugar o destrucción de las mismas cuando no resulte viable su decomiso, así como el posterior desguace de la embarcación en el estado en que se encuentre o destrucción de cualquiera de sus partes cuando se verifique la actividad ilegal.

Respecto al uso de instrumentos prohibidos para la captura o extracción de recursos hidrobiológicos, se podrá destruir del arte de pesca, aparejo o equipo no autorizado o prohibido, así como el decomiso de los explosivos o sustancias tóxicas.

Por otro lado, a fin de afrontar la problemática señalada respecto a la ejecución de las resoluciones sancionadoras en materia pesquera, el decreto legislativo contempla una disposición complementaria modificatoria mediante la cual se incorpora un artículo a la Ley General de Pesca.

El objetivo de dicho artículo es garantizar la ejecutoriedad de las resoluciones sancionadoras en materia de pesca y consecuentemente el efecto disuasivo de las sanciones impuestas, así como la asignación eficiente de los recursos de Produce.


(Información: Andina)