La decisión en mayoría de la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional, que otorgó la comparecencia restringida al suspendido presidente regional del Callao, Félix Moreno, crea un mal precedente en la justicia peruana, que tiene como objetivo identificar y sancionar a los funcionarios involucrados en los sobornos del caso Lava Jato. 

Los argumentos utilizados por los jueces Sonia Torre Muñoz y Rómulo Carcausto en esta decisión se sustentan en que la sola declaración de un colaborador no es suficiente para decretar la prisión preventiva de una persona. Ambos magistrados enfatizaron que los fiscales solo pueden utilizar esa declaración cuando lo que se dice está corroborado con otras pruebas y se haya firmado el acuerdo respectivo.

Tanto Torre como Carcausto indicaron que las declaraciones de los colaboradores Nº 03-2017 y del empresario Gil Shavit no fueron corroboradas con otras pruebas. Como ya se conoce, los dos testigos afirmaron que el presidente regional del Callao negoció con los representantes de la constructora brasileña Odebrecht el pago de US$ 4 millones para adjudicarle la licitación de la vía Costa Verde Callao.

Además, manifestaron que parte de ese dinero se utilizó para pagar, a través de Valdemir Garreta, la participación del publicista argentino Luis Favre en la campaña regional de Moreno, en las elecciones del 2014. Ante esto, los jueces consideraron que esa declaración no está corroborada con ninguna otra prueba y que hace falta que Favre y Garreta sean interrogados por la Fiscalía para descartar otros 32 indicios presentados.

Otro punto que incluyen los jueces es que los colaboradores han entrado en contradicción respecto a los lugares donde coordinaron con Odebrecht. Uno de los colaboradores habla de “una oficina” y el otro de “un domicilio”. Menos aun, según los magistrados, se podría probar que Moreno recibió el dinero, como dicen los colaboradores. Ni siquiera, añadieron, está probado que Favre tenga el apelativo “Taca” ni que trabajara en la campaña de Chim Pum Callao.

Las repercusiones en otros casos

Esta resolución podría tener consecuencias en el proceso judicial que se le sigue al expresidente Alejandro Toledo, refugiado en Estados Unidos tras ser acusado de recibir US$20 millones de Odebrecht. Bajo el argumento utilizado por el Poder Judicial que una sola declaración de un colaborador eficaz no prueba la entrega ni la recepción del dinero ilícito, Toledo podría alegar que a él ni siquiera se le ha permitido apelar la prisión preventiva dictada en su contra.

Una situación similar ocurre con el caso del expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, en el que aún no se ha planteado un pedido de prisión preventiva. Sin embargo, en esta investigación —como ocurre con Moreno— los presuntos pagos se habrían realizado en efectivo y servido para pagar la asesoría de Favre en la campaña electoral. Y nuevamente Garreta habría sido el intermediario.

El ex fiscal supremo Avelino Guillén calificó de “funesta” la decisión del Poder Judicial, pues la medida podría complicar la situación de la investigación de la Fiscalía en relación al cumplimiento de su función respecto de otros investigados. Esto podría crear un precedente del cual saque provecho el abogado de Toledo, quien podría poner en marcha la misma estrategia con el fin de no extraditar al exmandatario, comentó el exmagistrado a Correo

Por su parte, Eduardo Roy Gates, abogado de Moreno y exdefensor de Nadine Heredia, señaló que la resolución de la Sala de Apelaciones se ajusta a la ley, porque no se puede detener a una persona con una declaración que no haya sido corroborada.

En vista a lo ocurrido este miércoles, respecto a la excarcelación del gobernador regional del Callao, la Fiscalía Anticorrupción y la de Lavado de Activos deberán redoblar sus esfuerzos para confirmar la versión de los colaboradores. De lo contrario, esto podría convertirse en una constante en las pesquisas que se le sigue a los implicados en el caso Lava Jato.

DATO

►La excarcelación de Félix Moreno se concretaría este jueves, luego de que el INPE reciba el oficio de la Sala de Apelaciones. El funcionario chalaco tiene seis días para pagar una caución de 100 mil soles.

(Foto de cabecera: La República)

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