Las cinco farmacias denunciadas por haber acordado entre ellas elevar los precios de venta de productos se defienden de las acusaciones y sanciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). ¿Qué es lo que argumentan las empresas para invalidar los cargos en contra?

Recordemos que el martes 25 Indecopi dictó un fallo en primera instancia contra cinco cadenas de farmacias que se coludieron para concertar los precios de al menos 36 medicamentos -21 de ellos, se venden bajo receta médica- entre febrero de 2008 y marzo de 2009. Todo ello se evidenció a través de una serie de correos electrónicos entre los proveedores y

Las empresas sancionadas fueron Inkafarma, Fasa, Arcángel, Boticas Felicidad y Mifarma y tendrían que pagar una multa total de casi S/ 9 millones (2.274,46 UIT). Esta práctica ilegal de concertación es sancionada de acuerdo a la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas. Ahora volvamos a los argumentos de las famarcias.

correos que delatan (foto: elcomercio.pe)

¿Pruebas no válidas?

La estrategia, tal como lo informó el diario La República, de las cadenas  Arcángel, Fasa, Inkafarma, MiFarma y Boticas Felicidad es invalidar las pruebas que Indecopi usó para acusarlas, es decir, deslegitimar los correos electrónicos.

➫ MiFarma, propiedad del Grupo Quicorp, sostiene que la Secretaría Técnica de Indecopi accedió a correos sin autorización judicial, de forma ilícita. Lo mismo Fasa, también de Quicorp, que alega no haber mediado "órdenes judiciales".

➫ Boticas Felicidad, de Nortfarma, criticó a Indecopi que no haya verificado si los correos pertenecían o no a trabajadores de la empresa o si estos podían decidir sobre los precios de los medicamentos. 

➫ Bóticas Arcángel, de Quicorp, aduce que el ente no incluyó en su acusación a los proveedores, lo que generaba un "vicio insubsanable".

El ente regulador apeló a la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas y a través de ella su Secretaría Técnica puede disponer del “registro cotidiano de las actividades comerciales”, lo que incluye los correos electrónicos corporativos, explicó el medio citado.

Los intermediarios, en este caso los laboratorios, si bien no han sido incluidos en la acusación, no eximen a las farmacias de haber realizado prácticas colusorias, de acuerdo a Indecopi.

Durante el proceso sancionador -entre el 2012 y 2015- las farmacias han pedido la nulidad del mismo, sin embargo desestimó el pedido.


(Foto de cabecera tomada de mercadosyregiones.com)


También puedes leer:

Así detectó Indecopi el cártel farmacéutico: ¿qué hacer para evitar estas malas prácticas?

Indecopi: 5 cadenas de farmacias son sancionadas por concertar precios de 36 medicamentos

Jaime Delgado: concentración de pocos competidores aumentaría precios en mercado farmacéutico