El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró infundada la apelación del partido Siempre Unidos contra el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 que estableció la improcedencia de la inscripción de Isaac Humala como candidato a la segunda vicepresidencia de la República.
Como se sabe Isaac es padre del actual mandatario Ollanta Humala. En ese sentido, el JEE de Lima Centro 1 recordó que la Ley Orgánica de Elecciones prohíbe al cónyuge y a los familiares del presidente de la República, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, postular a los cargos de Presidente y Vicepresidente.
Esta decisión ha sido valorada por el Supremo Tribunal Electoral, el cual concluyó que este impedimento forma parte del bloque de constitucionalidad en materia electoral establecido por la Constitución Política de 1993.
Asimismo, la citada resolución precisa que dicha prohibición continúa una tradición constitucional histórica que busca favorecer la igualdad y previene de cualquier mal uso del poder a favor de familiares directos o afines por parte de quien ejerce el cargo de Presidente de la República, en detrimento de los derechos de los demás competidores en el proceso electoral.
Esta es la primera vez que el Pleno de este organismo electoral ha tenido la oportunidad de analizar si la prohibición contenida en el artículo 107, literal e, de la Ley Orgánica de Elecciones es proporcional y razonable, así también si favorece el buen funcionamiento de nuestros sistemas de gobierno y electoral.
El Pleno del JNE de Elecciones adoptó la decisión por unanimidad, según informó el organismo electoral.
Con información de Agencia Andina.