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Bonos agrarios van sí o sí

Tribunal Constitucional rechazó pedido del Ejecutivo de dejar sin efecto sentencia emitida el pasado 16 de julio

Publicado: 2013-08-14

El Tribunal Constitucional declaró improcedente el recurso de reposición presentado por el Ejecutivo para dejar sin valor la sentencia del pago de bonos agrarios, lo que obliga al Ministerio de Economía y Finanzas a determinar el modo de pago en un plazo no menor de seis meses.

La Procuraduría de dicha cartera había presentado el recurso de anulación a la sentencia emitida el 16 de julio, sin embargo, este no fue tomado en cuenta por los magistrados Ernesto Álvarez y Gerardo Eto, y el presidente del órgano constitucional, Óscar Urviola.

"La sentencia de fondo, al prohibir el carácter cancelatorio de los bonos y su pago nominal, reconoció la obligación del Estado de pagar los bonos a valor actualizado, por lo que las medidas establecidas en la resolución ejecutoria, antes que una violación del principio de cosa juzgada, pretende viabilizar el cumplimiento de una obligación claramente dispuesta en la sentencia de fondo", reza el comunicado facilitado por el Tribunal.

Asimismo, se rechazó el pedido de reposición planteado por el Congreso de la República así como los de aclaración presentados por la Sociedad Agrícola Pucalá Limitada S.A., Asociación de Agricultores Expropiados por Reforma Agraria – ADAEPRA, y Viña Tacama S.A


Escrito por

Ginno P. Melgar

Esperando un mundo regido por la igualdad con base en las diferencias. @ginnoceronte


Publicado en

Redacción mulera

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