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Declaran nula sentencia contra blogger José Alejandro Godoy

Publicado: 2012-01-11

La sentencia dictada por la juez Flor de María La Rosa contra el blogger, José Alejandro Godoy, por el delito de difamación contra el ex congresista y ex ministro, Jorge Mufarech, fue declarada nula por la Sexta Sala Penal Especializada para Procesos con Reos Libres de Lima.

Según la sala, la condena contra Godoy adolece de vicios insubsanables por la ausencia de una argumentación coherente y congruente. La noticia publicada por el Instituto Prensa y Sociedad a continuación:

La Sexta Sala Penal Especializada para Procesos con Reos Libres de Lima resolvió declarar nula la sentencia que en primera instancia condenó al blogger José Alejandro Godoy a tres años de prisión  en la modalidad suspendida y el pago de trescientos mil nuevos soles como reparación civil, por el delito de difamación contra del ex congresista y ex ministro Jorge Mufarech.

La Sala consideró que la sentencia condenatoria adolece de vicios insubsanables por la ausencia de una argumentación coherente y congruente de la condena  a Godoy.  Así por ejemplo, la sentencia anulada no identificó de manera clara en qué consistió la supuesta conducta delictiva contra el honor del querellante.

La Sexta Sala Penal también advirtió que la sentencia no respetó el Acuerdo Plenario N° 3-2006/CJ-116 - emitido por la Corte Suprema y que es de obligatorio cumplimiento para los jueces- que define qué criterios utilizar para resolver los conflictos entre la libertad de expresión y el derecho al honor.

Finalmente, la sentencia fue considerada nula por incumplir el deber de fundamentar la pena y reparación civil impuestas a Godoy.

Los abogados del Estudio Pereira & Asociados, encargados de la defensa del periodista, señalaron que si bien la Sexta Sala Penal acogió la tesis de la nulidad y no de la absolución de Godoy, se trata de una importante decisión para la vigencia de la libertad de expresión. “Se anula la sentencia condenatoria y se dispone que se emita una nueva, pero en el marco de los parámetros establecidos por la Corte Suprema de Justicia – que recoge la jurisprudencia de la Corte Interamericana - para ponderar los conflictos entre la libertad de expresión y el derecho al honor, y no en base a la mera discrecionalidad de los jueces o la subjetividad de los querellantes”, sostuvo el abogado Joao Pacheco.


Escrito por

David Valdez E.

Redactor de LaMula.pe


Publicado en

Redacción mulera

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