¿Infringir los derechos de autor es igual a cometer un homicidio involuntario?
A raíz de la noticia de que un joven sueco de 15 años había sido entregado a la policía por su profesor acusado de descargar y compartir 24 películas desde su ordenador, así como de la sentencia a dos años de cárcel a un anciano de 60 años por "delitos" parecidos, también en Suecia, el portal francés Numerama ha elaborado una lista en la que compara las penas que las infracciones a los derechos de autor merecen con respecto a otro tipo de delitos.
La lista, elaborada conforme a las leyes francesas de derechos de autor, confirma la desproporción que existe entre las sentencias impuestas por compartir música o películas protegidas por derechos de autor y las recibidas por cometer un homicidio involuntario, por citar un ejemplo.
Delitos sancionados con penas similares, 3 años de cárcel, a compartir archivos protegidos con derechos de autor:
- Homicidio involuntario.
- Amenazar de muerte, de manera repetida, y a través de un medio físico, a alguien.
- Experimentar procedimientos biomédicos sin haber obtenido el consentimiento libre, expreso, e informado de la persona.
- Alentar el suicidio de otra persona.
- Robo.
- Abuso de confianza.
- La difusión, por Internet, de planos para fabricar bombas.
- Algunas formas de discriminación.
- Algunas formas de obstrucción a la justicia.
- Entrar a una escuela armado.
Delitos sancionados con penas inferiores a compartir archivos protegidos con derechos de autor:
- Exhibirse sexualmente en lugares públicos.
- Acosar a alguien con fines sexuales.
- Acoso moral en el trabajo.
- Profanación de un cadáver en un cementerio.
- Entrar en una casa con violencia.
- Usurpación de identidad.
- Violación del secreto profesional.
- El abandono de la familia.
- Maltrato a animales.
- Destrucción de bienes ajenos.
- Insinuarse sexualmente a un menor de 15 años.